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miércoles, 20 de noviembre de 2024
"Cambios en zona G3"
Estimados tener presente la siguiente información.
martes, 19 de noviembre de 2024
ENCUESTA DE COMPROMISO
lunes, 18 de noviembre de 2024
PROGRAMA DE RETIRO VOLUNTARIO
San Antonio, 18 de noviembre de 2024
Ref.: Programa de retiro voluntario en base a reestructuración de la empresa motivada por los cambios en las condiciones del mercado portuario de la V región del país.
Estimados Trabajadores (as) de las empresas STI S.A., Muellaje STI S.A. y Muellaje del Maipo S.A.
Como ha sido informado previamente, a partir de enero del próximo año se proyecta una disminución relevante de nuestros volúmenes. Este escenario nos lleva a iniciar un proceso de reestructuración para ajustar nuestras operaciones a esta nueva realidad.
En virtud de lo anterior y con el fin de mantener la sustentabilidad de las empresas, STI S.A., Muellaje STI S.A. y Muellaje del Maipo S.A. se deberá realizar una reestructuración global de sus operaciones y por consecuencia, de su estructura.
Es por esto que, la dotación de nuestra empresa deberá ajustarse para garantizar el indispensable equilibrio financiero y asegurar la eficiencia operacional necesaria para mantener la atención de nuestros clientes.
Dado lo anterior, la empresa ha diseñado una propuesta de Plan de Retiro Voluntario, con el objetivo de que esta indispensable reducción de personal se lleve a cabo, en primera instancia, considerando a los trabajadores que deseen acogerse voluntariamente a dicho plan.
Plan de Retiro Voluntario
¿Quiénes pueden acogerse al plan?
(1)Trabajadores con contrato indefinido
(2)Trabajadores eventuales con CPPTs vigentes.
¿Cuáles son los beneficios de acogerse al Plan de Retiro Voluntario para el trabajador contratado a plazo indefinido?
Pago de una indemnización equivalente a un mes por año de servicio con los topes del artículo 172 del Código del Trabajo.
Indemnización Voluntaria equivalente en un 30% de las IAS establecida en el mismo precepto legal.
Además, se pagará al trabajador una suma de dinero equivalente a la indemnización sustitutiva del mes de aviso previo, señalada en el cuarto inciso del artículo 162 del Código del trabajo, como Indemnización Voluntaria.
El trabajador mantendrá sin costo alguno, tanto para él y su grupo familiar registrado a esta fecha, los beneficios del seguro de salud colectivo a que tiene derecho según su contrato, por seis meses contados desde la fecha de desvinculación.
A su vez para todo aquel trabajador que este inscrito en el seguro oncológico (FALP), también mantendrá sin costo este beneficio por seis meses contados desde la fecha de desvinculación.
La causal de término de la relación laboral será el mutuo acuerdo de las partes, lo que permite a la empresa no descontar los aportes al sistema de AFC.
El trabajador que se acoja al PRV, recibirá el bono de gestión anual, en el momento que se defina otorgar para año 2024, a toda la compañía.
Por último, de manera excepcional, todo trabajador que se adscriba a este PRV, tendrá derecho al pago de una suma de dinero equivalente al Bono de Término de Negociación (BTN) que el sindicato al que se encuentra actualmente afiliado, pudiere acordar con la empresa en los procesos de negociación colectiva que se desarrollen durante el año 2025. El pago de esta suma de dinero se realizará en la misma oportunidad, bajo la modalidad de Indemnización Voluntaria.
¿Cuáles son los beneficios de acogerse al Plan de Retiro Voluntario para trabajador eventual?
El trabajador mantendrá sin costo alguno, tanto para él y su grupo familiar registrado a esta fecha, los beneficios del seguro de salud colectivo a que tiene derecho según su convenio, por seis meses contados desde la desvinculación.
A su vez para todo aquel trabajador que este inscrito en el seguro oncológico FALP, mantendrá sin costo para él este beneficio por seis meses contados desde la desvinculación.
El trabajador que se acoja al PRV, recibirá el bono de gestión anual, en el momento que se defina otorgar para año 2024, a toda la compañía.
Por último, de manera excepcional, todo trabajador que se adscriba a este PRV, tendrá derecho al pago de una suma de dinero equivalente al Bono de Término de Negociación (BTN) que el sindicato al que se encuentra actualmente afiliado, pudiere acordar con la empresa en los procesos de negociación colectiva que se desarrollen durante el año 2025. El pago de esta suma de dinero se realizará en la misma oportunidad, bajo la modalidad de Indemnización Voluntaria.
Plazo y formalidad para manifestar voluntad de acogerse al Plan de Retiro Voluntario.
Los trabajadores que voluntariamente deseen acogerse al Plan de Retiro Voluntario deberán enviar mail a: Matías González Abarca (mgonzalez@delmaipo.cl) y Andrés Espinoza Pérez (aespinozap@stiport.com) para revisión de sus condiciones de salida, beneficios y descuentos legales, el plazo para acogerse será hasta el viernes 13 de diciembre de 2024.
La empresa se reserva el derecho a no aceptar la solicitud del Plan de Retiro Voluntario de los trabajadores con cargos superiores y ejecutivos para mantener el funcionamiento del Terminal, sin necesidad de expresión de causa. Esto porque la única razón del Plan de Retiro Voluntario es avanzar en sostener la viabilidad de la empresa.
Entendemos que este proceso es una respuesta necesaria ante un escenario desafiante. Sin embargo, estamos seguros de que, trabajando juntos, podremos superar este momento y construir un terminal sólido, eficiente y sustentable para el futuro.
Saluda atentamente,
Andrés Albertini
Gerente General